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Inclusión Laboral

El CERMI plantea a la Seguridad Social propuestas de mejora de la regulación de la jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad

29/05/2021

El CERMI ha planteado a la Seguridad Social una serie de mejoras para incluir en la regulación de la jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad con grado igual o superior al 45 por 100, a fin de actualizar el contenido y corregir disfunciones advertidas en una normativa que data de 2009.

El CERMI plantea a la Seguridad Social propuestas de mejora de la regulación de la jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad (Foto: Fpictures)En una reunión mantenida con la dirección general de Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para abordar la posible revisión del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, la representación del CERMI ha insistido en la necesidad de modificar esta norma reglamentaria, ya que deja injustificadamente a determinados trabajadores con discapacidad fuera de esta beneficio social.
 
Así, el CERMI ha propuesto al INSS que el Gobierno promueva modificaciones normativas, en sede legal y reglamentaria, para establecer el punto de corte en cuanto a grado de discapacidad en el 33 por 100, en lugar del 45 por 100 vigente en la actualidad, con efectos retroactivos, resolviéndose así el problema detectado de personas excluidas por tener una valoración de la discapacidad no acorde con su realidad, por tener un reconocimiento de grado antiguo y desfasado.
 
Otro de los puntos propugnados por el CERMI es que se revise, amplíe y actualice el listado de discapacidades, deficiencias y patologías que se consideran para dar derecho a este beneficio. Para la plataforma de la discapacidad, es necesario poner al día este listado, siempre que haya evidencias científicas de que suponen una menor esperanza de vida, cuestión clave de esta regulación.
 
Además, según el CERMI, debería establecerse una cláusula que permitiera reconocer otras discapacidades no mencionadas, pero sobre las que se pudiera acreditar médicamente que comportan reducción significativa de la esperanza de vida. También sería deseable, que las actualizaciones del listado se hicieran por orden ministerial, no por decreto, ya que sería mucho más ágil.
 
Finalmente, ha pedido no vincular el mínimo de años cotizados para generar pensión de jubilación al mantenimiento del grado de discapacidad exigible durante todo el periodo de cotización, pues este requisito, junto con el grado y que la discapacidad esté en el listado previo, expulsa a muchas personas que materialmente deberían acceder a este beneficio, y que quedan excluidas sin justificación material.
 
El INSS se ha comprometido a valorar todas las propuestas recibidas desde el sector social de la discapacidad y a promover aquellas reformas que sin romper con los parámetros del sistema de Seguridad Social, puedan flexibilizar esta regulación y abarcar más situaciones protegidas.
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